Para que sea permitido el ingreso de mascotas a la República Argentina, el interesado deberá contar con un certificado zoosanitario y una constancia de vacunación antirrábica emitidos por un veterinario matriculado del Estado de procedencia del animal y certificados por el U.S. Department of Agriculture (USDA).
EL CONSULADO NO INTERVIENE ESTOS DOCUMENTOS
El certificado zoosanitario debe estar redactado o traducido al castellano, y contener los siguientes datos:
- Datos identificatorios del propietario: nombre completo y domicilio.
- Datos identificatorios del animal: raza, sexo, fecha nacimiento, pelaje, tamaño y señas particulares.
- País de procedencia y país de destino.
- El certificado debe asegurar que el animal identificado fue examinado dentro de los diez (10) días previos al embarque, no presentando ningún signo clínico de enfermedades propias de la especie.
La constancia de vacunación antirrábica será requerida para todo canino y felino mayor de 3 (tres) meses de edad. En el caso de los primovacunados la vacuna debe ser aplicada por lo menos 30 días antes de la fecha de ingreso del animal. El certificado no debe tener una antigüedad mayor a un año previo a la fecha de arribo al país.
Cuarentena
Los animales que cumplan con los requisitos anteriores no realizarán cuarentena de importación. En caso de sospechas de enfermedades infecto-contagiosas zoonóticas o de alto riesgo para la República Argentina, el personal de inspección podrá arbitrar los medios que aseguren el aislamiento adecuado del animal y/o las medidas cuarentenarias correspondientes.
Para mayor información comuníquese con el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA):
Av. Paseo Colon 367 - Cap. Fed. CP: C1063ACD, República Argentina
Te: (0054-11) 4121-5000 o 0800-999-2386
www.senasa.gov.ar
https://www.argentina.gob.ar/senasa/informacion-al-viajero/ingresar-o-re...