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Voto en el exterior

ØCUÁNDO: 26 de Octubre
 
ØDÓNDE: A confirmar
 
ØA QUÉ HORA: 8:00am a 6:00pm hora local
 
QUÉ SE VOTA: SOLO CARGOS NACIONALES

REQUISITOS: PRESENTARSE con último DNI vigente.

Quién puede votar en este Consulado? Solo personas empadronadas.

Cómo me empadrono? Debe tramitar su cambio de domicilio a un domicilio en Florida, Islas vírgenes, Puerto Rico, Islas Vírgenes Estadounidenses o Bahamas hasta el mes de abril del año electoral en que nos encontremos. En abril se revisan los padrones y se abren para revisión con las novedades de cambios de domicilio, entre otras, de acuerdo al Código Electoral. Las oficinas consulares informamos por las vías disponibles sobre la apertura de los padrones, momento en que se hará lugar a reclamos por errores. Esté atento si hizo cambio de domicilio recientemente pues pueden ocurrir omisiones. También puede seguir a la Cámara Nacional Electoral para novedades

NOTA: SI USTED NO HIZO EL CAMBIO DE DOMICILIO OPORTUNAMENTE, PROBABLEMENTE NO SE ENCUENTRE EN EL PADRÓN, CASO EN QUE NO PODRÁ VOTAR.

Qué se vota? Solo se puede participar desde el  exterior en elecciones nacionales, sean estas presidenciales o legislativas. Podrá elegir los cargos nacionales que correspondan a la útima provincia donde usted tuvo domicilio.

Si las elecciones provinciales tienen lugar en fechas diferentes a las fechas de elecciones nacionales, no está previsto que las personas puedan votar.

Es obligatorio? No hay obligatoriedad de votar para personas domiciliadas en el exterior. En dicho caso, desde los 16 años en adelante el voto es facultativo.

Qué necesito para votar? En primer lugar, deberá confirmar que se encuentra en el Padrón de esta jurisdicción. Si se encuentra en el padrón, debe presentarse (personalmente) en el local de votación entre las 8 y las 18 del día de la votación con su DNI en mano, sin excepción. EL DNI VIRTUAL NO ES VALIDO PARA VOTAR. No se aceptan ejemplares de DNI anteriores al que figura en su padrón (A, B, C), ni cualquier otra variante. EL PASAPORTE NO ES ACEPTADO.

Cómo hago mi cambio de domicilio? Por favor revise aquí para la información correspondiente

Si tengo obligación de votar por tener mi domicilio en Argentina y me encuentro fuera de la circunscripción, qué debo hacer? Debe justificar que no ha votado, ingresando a un link que se habilitará al efecto (infractores.padrón.gov.ar) y cargando constancias respectivas.  Cuenta con 60 días para justificar. La justificación se hace una vez para cada elección, PASADA la elección.

La información oficial sobre las elecciones estará disponible a medida que se acerque la fecha en https://www.electoral.gob.ar/nuevo/paginas/btn/elecc2025.php

 

 

 

Fecha de actualización: 12/03/2025