REQUISITOS PARA INGRESAR ARMAS DE CAZA/DEPORTIVAS EN ARGENTINA
Aquellas personas que deseen ingresar al país con una o más armas de fuego y las correspondientes municiones a fin de realizar actividades de caza, tiro deportivo u otro motivo legítimo, deberá solicitar tramitar un permiso temporario.
Existen dos maneras de obtener este permiso: A) de manera presencial en el Consulado, o B) A distancia. Verifique más abajo los requisitos en cada caso.
A) PRESENCIAL EN EL CONSULADO
Para realizar este trámite debe solicitar una cita a cmiam@mrecic.gov.ar (asunto: “armas”) indicando su nombre, domicilio, teléfono de contacto y fecha aproximada del viaje. El trámite es personal.
Requisitos:
1. Completar el formulario “Autorización para la introducción de armas y municiones” que le proporcionará este Consulado.
2. Pasaporte válido y vigente.
3. Prueba original de propiedad del arma ya sea a través de:
- Registro del arma o factura comercial que indique la compra del arma y el nombre de su propietario (con números de serie del arma).
- Formulario (debidamente completado y tramitado ante la Aduana de Estados Unidos) Customs Form 4457 “Certificate of Registration for Personal Effects Taken Abroad”.
4. Permiso de caza (original y vigente).
5. Pasaje aéreo con indicación de fechas de arribo y partida de la Argentina.
6. Reserva emitida por el lugar en el que se realizarán las actividades de caza o tiro deportivo, los cuales deberán estar habilitados por el RENAR (Disp. RENAR 473/12).
7. Abonar el arancel de U$S 80 (con money order o cashier check).
IMPORTANTE: HASTA NUEVO AVISO SOLO SE ACEPTARAN MONEY ORDERS EMITIDOS POR U.S.P.S. COMO FORMA DE PAGO DE LOS ARANCELES CONSULARES
Para información adicional sobre el procedimiento a seguir al ingresar a la República Argentina visite el sitio del Registro Nacional de Armas (RENAR): www.renar.gov.ar
B) A DISTANCIA (por el momento no se encuentra disponible este servicio)
IMPORTANTE: HASTA NUEVO AVISO SOLO SE ACEPTARAN MONEY ORDERS EMITIDOS POR U.S.P.S. COMO FORMA DE PAGO DE LOS ARANCELES CONSULARES
IMPORTANTE: Es responsabilidad exclusiva del interesado completar el formulario de manera clara y correcta, verificando que su contenido sea cierto. Formularios incompletos o que no cuenten con la notarización/autenticación correspondiente serán devueltos sin legalizar.
La registración del Notario Público en el Libro de Firmas es presencial. El Notario Público interesado debe acercarse a nuestras oficina munido de su identificación, certificado y sellos.
Ante cualquier duda o consulta, por favor, envíe un correo electrónico a cmiam@mrecic.gov.ar (asunto: “armas”).